miércoles, 28 de diciembre de 2011

ARQUITECTO MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA FIRMA 200 ITE SIN VISITAR LOS EDIFICIOS

Aprovecho la festividad de los Santos Inocentes y el fin de año para narrar lo que puede parecer una inocentada pero que ya dispone de Recurso Contencioso Administrativo presentado ante el juzgado de Zaragoza.

Comenzaré definiendo dos simples términos según la RAE:
-                 Dictamen: Opinión y juicio que se emite sobre alguna cosa.
-               Organoléptico: Se dice de las propiedades de los cuerpos que se pueden percibir por los sentidos.

A partir de lo anterior, cualquiera que conozca el modelo de Informe de la Inspección Técnica de Edificación del Ayuntamiento de Zaragoza, recordará el pie de firma del dictamen favorable que se firma respecto de los aspectos de seguridad constructiva.

Es conveniente acudir a la ley que regula las competencias de los ingenieros industriales para determinar su capacidad para emitir una opinión o juicio sobre la seguridad constructiva de cualquier edificio a través de lo sentidos, la vista, fundamentalmente.

Esa misma ley permite proyectar y dirigir obras de tal envergadura como centrales nucleares, centros comerciales o aeropuertos, sin poner en duda su capacidad.

Sin embargo, el servicio de inspección del Ayuntamiento de Zaragoza determinó durante este año que los ingenieros industriales no son competentes para firmar ITE.

Los argumentos se pueden encontrar en un informe emitido por el jefe de servicio que, simplemente no comprende el significado de los dos términos con los que hemos empezado. www.coaatr.es/e_noticias/2011/20110218-3.pdf

Sin embargo, no supone esto la mayor infamia contra el sentido común y desde luego contra el colectivo de ingenieros sino la resolución publicada apenas un mes antes de las elecciones en donde dice: “Estimar parcialmente la acción de recurso de reposición interpuesta por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Aragón y la Rioja, por el Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, por la Asociación de Vecinos Joaquín Costa y por Javier Baratech Ibañez y Alberto Hernández Bernad, en el sentido de admitir a trámite y dar por cumplimentadas las ITES de edificios destinados a vivienda humana, hasta ahora presentadas y firmadas por ingeniero, que se relacionan expresamente en los anexos 1 y 2 del presente acuerdo, toda vez que las mismas han resultado validadas por los Servicios Municipales a través de la figura de arquitecto.” 

El hecho de definir expresamente la vivienda como humana ya es de por sí bastante lúdico pero lo que más llama la atención es la validación de las ITE a través de la figura de arquitecto, especialmente siendo conocedores de que ninguno de los doscientos edificios, presentados por DOLMEN INGENIERIA, cuya ITE ha sido firmada por ingeniero industrial, sin competencias según el Ayuntamiento, han sido visitados por arquitecto alguno. Es decir, que existe un arquitecto municipal que ha validado, es decir firmado y visado por el Colegio Oficial de Arquitectos, al menos doscientos informes de ITE sin ni siquiera haber visto, organolépticamente hablando, los edificios.



viernes, 16 de diciembre de 2011

SUBVENCIONES PARA EL USO EFICIENTE DE LA ENERGÍA Y APROVECHAMIENTO DE ENERGÍAS RENOVABLES EN ARAGÓN - 2011

En el BOA de 16/12/2011 ha aparecido publicada la Orden de 14 de dicembre de 2011, del Departamento de Economia y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan para el ejercicio 2011, subvenciones para el uso eficiente de la energía y aprovechamiento de energías renovables.

Ante la inminencia del cierre del plazo de presentación de solicitudes, informamos a nuestros clientes y contactos que DOLMEN INGENIERÍA no sólo realiza las auditorías energéticas subvencionables por dicha Orden, sino que también se encarga de elaborar los expedientes completos de solicitud de ayuda pertinentes.

Resumimos brevemente los aspectos más destacados de la Orden 16/12/11.

CARACTERÍSTICAS FUNDAMENTALES DE LA CONVOCATORIA


1.- Proyectos subvencionables


·       Ahorro y eficiencia energética: sectores transporte, edificación, servicios públicos, agricultura y pesca, y transformación de la energía.

·       Fomento de energías renovables: áreas de biomasa, solar térmica, solar fotovoltaica aislada o mixta eólico-fotovoltaicas, instalaciones para la obtención y aprovechamiento de biogás, equipos para el tratamiento en campo de biomasa, y surtidores para biocarburantes.

Las medidas subvencionables, la cuantía máxima y los potenciales beneficiarios se detallan más abajo.


SÓLO PODRÁN SER OBJETO DE AYUDA LAS ACTUACIONES REALIZADAS Y PAGADAS ENTRE EL 17/12/2011 Y EL 30/06/2012.


2.- Plazos:

·       Presentación de solicitudes: Finaliza el 16/01/2012.
·       Ejecución y justificación: antes del 31/06/2012.


3.- Líneas y medidas subvencionables


Las dos tablas siguientes recogen los datos esenciales relativos a las medidas subvencionables en las dos líneas que abarca la convocatoria.



1.- AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA
SECTOR
MEDIDA
POTENCIALES BENEFICIARIOS
CUANTÍA SUBVENCIÓN
INDUSTRIA
1.-Auditorías energéticas
Empresas del sector industrial manufacturero, prioritariamente si su consumo de energía es > 4.000 tep/año
Máximo 75% del coste total de la auditoría energética.
2.-Programa de ayudas públicas
Empresas del sector industrial manufacturero
22% o 30% coste elegible hasta 1200.000 € por proyecto
TRANSPORTE
1.-Planes de movilidad urbana
Municipios o agrupaciones de municipios aragoneses con población >10.000 habitantes
60% máximo, con neto en función del tamaño del municipio
2.-Planes de transporte para empresas
Corporaciones locales, otras Adm. Públicas, organizaciones empresariales, con un mínimo de 200 trabajadores.
Máximo 60% con neto en función del tamaño de la empresa.
3.-Gestión de flotas de transporte por carretera
Instituciones públicas, empresas públicas o privadas de transporte de mercancías y de servicio discrecional de pasajeros, concesionarias de servicios de transporte público
Auditorías: máx 75% con un límite de 21.000 €
Inversiones: máx 40% con un límite de 21.000 €
4.-Renovación parque automovilístico de vehículos
Personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada
Variable en función del tipo de vehículo.
5.-Renovación de flotas de transporte industrial
Personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada
Variable en función del tipo de vehículo industrial.
EDIFICACIÓN
1.-Rehabilitación energética de la envolvente térmica de edificios existentes
Personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada (propietarios o titulares de edificios, promotores públicos o privados, comunidades o mancomunidades de vecinos, empresas municipales de la vivienda, empresas de servicios energéticos etc.).
General: máx 22 a 35% neto en función del tipo de edificio.
Calificación energética B: 27%
Calificación energética A: 35%
Auditoría energética 75%
2.-Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas de edificios existentes
3.-Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación interior en edificios existentes
SERVICIOS PÚBLICOS
1.-Renovación de las instalaciones de alumbrado público exterior existentes
Corporaciones Locales, otras Administraciones Públicas o Empresas Públicas o Privadas Concesionarias del Servicio de Alumbrado Exterior, Comunidades de Propietarios y cualquier asociación o entidad pública o privada con responsabilidad en el alumbrado público exterior.
Máx: 40% del coste elegible
2.-Estudios, análisis de viabilidad y auditorías en instalaciones de alumbrado público existentes
Corporaciones Locales, otras Administraciones Públicas o Empresas Públicas o Privadas Concesionarias del Servicio de Alumbrado Exterior, Comunidades de Propietarios y cualquier asociación o entidad pública o privada con responsabilidad en el alumbrado público exterior.
Máx 50% con neto en función del tamaño del municipio
3.-Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones actuales de potabilización, abastecimiento, depuración de aguas residuales y desalación.
Corporaciones Locales, otras Administraciones Públicas o Empresas Públicas o Privadas Concesionarias del Servicio Público.
Máx 40% costes elegibles
AGRICULTURA Y PESCA
1.-Impulso para la migración de sistemas de riego por aspersión a sistemas de riego localizado
Comunidades de regantes
Máz 20% estudios y proyectos
2.-Realización de auditorías energéticas y planes de actuación de mejoras en comunidad de regantes
Comunidades de regantes
Máx 75% auditoría, con neto en función del nº de ha.
Máx 20% medidas adoptadas
TRANSFORM. DE LA ENERGÍA
1.-Estudios de viabilidad para cogeneraciones
Empresas del sector industrial, servicios y tratamiento de residuos industriales, que vayan a realizar un estudio de viabilidad de planta de cogeneración.
Máx 75% estudio viabilidad o 11.250 €
2.-Auditorías energéticas en cogeneración
Empresas industriales o de sector terciario, que tengan en funcionamiento una planta de cogeneración independientemente de su tamaño.
Máx 75% auditoría o 9.000 €
3.-Desarrollo potencial cogeneración. Ayudas públicas cogeneraciones no industriales
Personas físicas o jurídicas de naturaleza pública ó privada.
Máx 10% del coste elegible y neto de 200.000 €
4.-Fomento de plantas de cogeneración pequeña potencia
Personas físicas o jurídicas de naturaleza pública ó privada.
En función de la potencia, en torno al 30% máx.

2.- FOMENTO DE ENERGÍAS RENOVABLES
ÁREA
POTENCIALES BENEFICIARIOS
CUANTÍA SUBVENCIÓN
BIOMASA TÉRMICA
Personas físicas, empresas, entidades públicas, Comunidades de vecinos o Mancomunidades de vecinos.
Del 30 al 50% en función del tipo de caldera y localización de la misma
SOLAR TÉRMICA
Particulares, empresas o Administraciones Públicas que sean titulares de las instalaciones
Máx 37% del coste de referencia
ÁREA SOLAR FOTOVOLTAICA AISLADA O MIXTA EÓLICA-FOTOVOLTAICA
Particulares, empresas o Administraciones Públicas que sean titulares de las instalaciones
Máx 40% del coste de referencia
INSTALACIONES PARA APROVECHAMIENTO ENERGÉTICO (CALOR/FRÍO) Y/O ELÉCTRICO DE MATERIA ORGÁNICA
Personas físicas, empresas, entidades públicas, Comunidades de vecinos, Mancomunidades de vecinos o Empresas generadoras o gestoras de residuo biodegradable.
Máx 30% del coste de referencia
EQUIPOS DE TRATAMIENTO EN CAMPO DE BIOMASA
Personas físicas, empresas, entidades públicas, mancomunidades de propietarios o entidades públicas, cooperativas agrícolas o forestales.
Máx 30% del coste de referencia
BIOCARBURANTES: INSTALACIÓN DE SURTIDORES EN ESTACIONES DE SERVICIO
Particulares, empresas o Administraciones Públicas que sean titulares de las instalaciones
Máx 40% del coste de referencia
GEOTERMIA
Particulares, empresas o Administraciones Públicas, Comunidades de vecinos
Máx 30% del coste de referencia y hasta 50% en instalaciones hibridas con biomasa o fotovoltáica.

lunes, 12 de diciembre de 2011

EL GOBIERNO REGULA LAS CONDICIONES DE LA GENERACIÓN DISTRIBUIDA DE ELECTRICIDAD PARA INSTALACIONES DE PEQUEÑA POTENCIA

El Real Decreto aprobado el pasado noviembre allana el camino a la generación distribuida al simplificar la tramitación para la entrada en el sistema de pequeñas instalaciones de generación eléctrica, preparando las condiciones para dar paso al autoconsumo.
La norma facilitará el desarrollo de energías renovables en viviendas y PYMES. Se complementará con la normativa de balance neto, en fase de elaboración, que regulará el autoconsumo.
La paulatina entrada de este tipo de pequeñas plantas modificará el actual modelo centralizado de grandes instalaciones eléctricas al promover un nuevo sistema de generación cada vez más distribuida, con importantes ventajas para el sistema y consumidores.
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que regula las condiciones administrativas y técnicas básicas para la conexión de las instalaciones de fuentes renovables y de cogeneración de pequeña potencia. La nueva normativa, que traspone nuestra legislación parte de la Directiva Europea de Energías Renovables, se suma a la ya existente en este capítulo y tiene como finalidad simplificar la tramitación exigida para acelerar la entrada en el sistema eléctrico de instalaciones de pequeño tamaño.
La norma permitirá el acceso de las viviendas y pequeños comercios a la generación eléctrica a pequeña escala para, una vez se establezca la regulación de balance neto en el que se está trabajando, se pueda autoconsumir la energía producida.
Este procedimiento para el suministro en la modalidad de balance neto será aprobado en los próximos meses, tal y como establece el Real Decreto aprobado hoy.
La paulatina entrada en el sistema eléctrico español de este tipo de pequeñas plantas generadoras de electricidad promoverá una generación cada vez más distribuida, modificando el actual modelo centralizado de grandes instalaciones eléctricas con numerosas ventajas para el sistema y para el propio consumidor. Respecto al sistema eléctrico, el sistema de generación eléctrica distribuida supondrá menores pérdidas de energía en las redes y la reducción de inversiones económicas en transporte y distribución, además de un ahorro de energía primaria. Para los consumidores, la mejora de la autonomía energética y de la seguridad de suministro. El Real Decreto aprobado hoy establece el procedimiento a seguir para la tramitación por parte del titular de la instalación o, en su caso, el que pretenda adquirir esta condición, de la solicitud de acceso y conexión a la red. Asimismo, se regula un procedimiento abreviado para las instalaciones de potencia no superior a 10 kW que pretendan conectarse en la red de distribución en baja tensión.
Relaciones entre el pequeño productor y la empresa distribuidora
El Real Decreto detalla todos los aspectos que puedan surgir en la relación entre el generador de energía mediante una pequeña instalación y el distribuidor, y entre ellas estipula la fijación del procedimiento de medida y facturación para permitir y garantizar la correcta medida y facturación de la energía producida.
Determina también las condiciones técnicas de acceso y conexión que deberán ser notificadas por la empresa distribuidora en determinado plazo, y las condiciones económicas de la conexión, especificando en qué casos el coste será a cargo del titular de la instalación de generación.
En la nueva normativa se describen los aspectos relativos a la elaboración del contrato y a las obligaciones de suscripción por parte de la empresa distribuidora, y se detallan las obligaciones del titular de la instalación, responsable de mantener la instalación en perfectas condiciones de funcionamiento.
El Real Decreto aclara, además, que como paso previo a efectuar la conexión a la red, es necesario emitir un boletín de las características principales de la instalación y de superación de las pruebas de la instalación. Asimismo se recogen los tipos de protecciones con los que deberá contar la instalación, las condiciones en las que se efectuará la puesta a tierra de la instalación conectada, y lo relativo a armónicos y compatibilidad electromagnética y garantía de seguridad en trabajos de la red de distribución.
Finalmente, se llevan a cabo otras modificaciones reglamentarias al objeto de optimizar los flujos de información entre los órganos competentes de las comunidades autónomas, el MITYC, y la Comisión Nacional de la Energía (CNE), para de esta forma mejorar el servicio prestado a los administrados.

Fuente: MiTyc

viernes, 2 de diciembre de 2011

SE VENDEN IDEAS

Un amigo de mi suegro pronosticó hace mucho tiempo que en el futuro se venderían las ideas, como cualquier otro producto. Ese día ya ha llegado y en DOLMEN pretendemos ser artífices de ello.

Recientemente se han celebrado en Zaragoza las Fiestas del Pilar y es habitual que la calle Alfonso I, de paso obligatorio en la peregrinación a la Virgen del Pilar, se llene de mimos que tratan de llamar la atención para obtener los mayores estipendios del público.

Es sencillamente un modelo de actividad empresarial sujeta a las mismas reglas que cualquier operación mercantil. La calle representa el mercado, los viandantes son el público “comprador” y los artistas son los empresarios en constante competencia y apenas separados unos metros. Los medios, ilimitados, y el objetivo es claro: obtener el máximo beneficio económico a costa de superar a tu competencia.
Este año había clásicos como Elvis, hombres de hojalata y gárgolas, novedosos como el hombre sin cabeza o el aviador de bronce, pero el que triunfó fue, sin lugar a dudas, una pareja de bebes que flanqueaban la calle al principio y al final. Su triunfo se basaba simplemente en el desarrollo de una idea mercantil, obtenida tras analizar los diferentes factores empresariales del negocio en el que se encontraban y sus medios y capacidades, tal vez, más limitados que los del resto.

Éstos eran, en primer lugar, abarcar el máximo sector del público, y que englobaba desde los más pequeños hasta los más mayores. Después, lograr captar la atención durante el mayor tiempo posible, que influye directamente en el número y cuantía de las propinas. Y finalmente la posibilidad de interacción con el público para evitar los roñosos de forma simpática. No requería gran esfuerzo físico, ni ornamentaciones espectaculares, ni siquiera grandes capacidades como demostraban tantos otros con el sombrero vacío. Y ahí radica la clave de una idea, como pudo ser en su día la comercialización de post-it, la fregona, el chupa chups o incluso google. En ningún caso se inventó nada propiamente dicho pero fueron capaces de integrar los elementos de que disponían y adaptarlos al mercado.

El equipo de DOLMEN INGENIERIA está haciendo un gran esfuerzo para desarrollar una idea que, desde hace mucho tiempo, ronda en nuestras mesas y que estoy seguro que  revolucionará el mercado de la eficiencia energética.

Les invito a presenciarlo próximamente: DOLMEN SERVICIOS ENERGÉTICOS